Es una pregunta que surge a raíz de la visita que el presidente del gobierno español Pedro Sánchez ha realizado en Corea del Sur a la planta de Samsung en Pyeongtaek, considerada como la planta más avanzada del mundo en la fabricación de microchips, y donde el presidente ha anunciado la estrategia para convertir a España en un actor relevante de la cadena de valor de los semiconductores, dado que según indica Moncloa

“España cuenta con un ecosistema creciente de empresas y ‘startups’ en campos como la fotónica integrada, la ciberseguridad y el diseño de componentes cuánticos, además de una importante red de centros de investigación en microelectrónica, institutos punteros en el campo de la fotónica como el Instituto de Ciencias Fotónicas o el Barcelona Supercomputing Centre, que desarrolla futuros Chips Europeos sobre arquitectura RISC-V”.

¿Y Qué son los productos semiconductores?

Son aquellos materiales capaces de actuar como conductores o bien como aislantes eléctricos, dependiendo de las circunstancias (temperatura, presión, radiación y campos magnéticos). Es decir, pueden actuar como conductores, permitiendo el paso de la corriente, o como aislante, impidiendo el paso de la misma.

Así mismo, destacar que en la actualidad, el semiconductor más utilizado y demandado es el elemento químico conocido como silicio (Si), particularmente en la industria electrónica y de la computación para la construcción de:

  • Circuitos integrados
  • Diodos eléctricos
  • Sensores ópticos
  • Láseres de estado sólido
  • Moduladores de transmisión eléctrica

Topografias de los productos semiconductores

En este sentido, señalar que el desarrollo de las nuevas tecnologías y la actual sociedad de la comunicación en la que nos encontramos inmersos, ha dado lugar a nuevas figuras de Propiedad Industrial, entre las que destacan por su papel fundamental, los títulos de protección de Topografías de Productos Semiconductores. Esta modalidad es la de más reciente aparición, y se refieren a los circuitos integrados electrónicos.

La finalidad de esta nueva figura es la de proteger el esquema de trazado de las distintas capas y elementos que componen el circuito integrado, su disposición tridimensional y sus interconexiones, lo que en definitiva constituye su «topografía«.

Los circuitos integrados (CI), son lo que entendemos como chips o microchips, consistentes en estructuras de dimensiones mínimas fabricadas de material semiconductor, sobre las que se implantan circuitos electrónicos generalmente mediante fotolitografía y que se protegen dentro de un encapsulado de plástico o cerámica. Este encapsulado posee conductores metálicos apropiados para hacer conexión entre el circuito integrado y un circuito impreso.

Son elementos fundamentales en cualquier equipo electrónico de los que manejamos hoy en día, habiendo consistido en una auténtica revolución en el mundo de la electrónica, en ordenadores, teléfonos móviles, automóviles, televisores, equipos médicos, así como en otros dispositivos electrónicos indispensables en la actual sociedad moderna de la comunicación.

¿Cuando surguieron los productos semiconductores?

Surgieron a mediados del siglo XIX tras varios descubrimientos experimentales e importantes avances científicos que se mostraban como artefactos semiconductores. El primer circuito integrado fue desarrollado en 1959 por el ingeniero JACK S. KILBY (1923-2005) pocos meses después de haber sido contratado por la firma Texas Instruments.

Se trataba de un dispositivo de germanio que integraba seis transistores en una misma base semiconductora para formar un oscilador de rotación de fase, siendo en el año 2000 galardonado con el Premio Nobel de Física por la enorme contribución de su invento al desarrollo de la tecnología.

A raíz de estos acontecimientos, nació la necesidad de regular esta figura, y surgió la primera Ley del 8 de noviembre de 1984 sobre protección de circuitos integrados semiconductores “Semiconductor Chip Protection Act” promulgada en Estados Unidos de América. Posteriormente, en mayo de 1985, Japón promulgaba una ley de protección específica y el 16 de diciembre de 1986, el consejo de la UE adoptó la directiva 87/54/CEE98 sobre la protección jurídica de las Topografías de los productos semiconductores.

 

Consecuentemente, la transposición de esta Directiva en España dio lugar a la Ley 11/1988, de 3 de mayo, de protección jurídica de las Topografías de los Productos Semiconductores (LPTS), en la que se define como objeto de protección el esquema del trazado, la configuración o disposición tridimensional del circuito, en la que se determinan y regulan los requisitos de protección, otorgando diez años de uso exclusivo a los titulares concesionarios de las Topografías de los productos semiconductores.

Principales problemas de los productos semiconductores

El problema jurídico que surge en esta figura, es la exigencia, como uno de los requisitos para su protección, de la presentación de una declaración mediante la que se indique que la topografía del producto semiconductor es el resultado del esfuerzo intelectual de su creador, siendo original y no común en la industria de semiconductores.

En este sentido, este requisito plantea un freno importante, ya que la creciente utilización de software en el diseño de este tipo de dispositivos podría desafiar el alto grado creativo exigible. A este respecto, conviene destacar que a pesar de resultar imprescindibles en la actualidad, y su presencia en la mayoría de los aparatos que a diario manejamos, realmente no se alcanza habitualmente su protección a pesar del gran esfuerzo que supone su desarrollo, esta falta de protección, puede estar motivado por este requisito poco apropiado a la realidad de esta figura.

Así mismo, otro problema que perjudica especialmente esta industria es el hecho de que al igual que el software, y las patentes implementadas por ordenador, tampoco respecto a las topografías de semiconductores, existe una regulación internacional unitaria.

Acuerdo de los derechos en la Propiedad Intelectual

Sin embargo, sí se contemplan en el  Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) en sus artículos 35 a 38, donde en el artículo 35, los Miembros convienen en otorgar protección a los esquemas de trazado (topografías) de circuitos integrados (denominados en el presente Acuerdo “esquemas de trazado”) de conformidad con los artículos 2 a 7 (salvo el párrafo 3 del artículo 6), el artículo 12 y el párrafo 3 del artículo 16 del Tratado sobre la Propiedad Intelectual respecto de los Circuitos Integrados.

Por lo que en principio, todos los existentes deben proteger esta modalidad. Sin embargo, el acuerdo TPI al que se hace referencia determina que cada Parte Contratante tendrá libertad para cumplir sus obligaciones derivadas del presente acuerdo mediante una ley especial sobre esquemas de trazado (topografías) o mediante su ley sobre derecho de autor, patentes, modelos de utilidad, dibujos o modelos industriales, competencia desleal o cualquier otra ley o cualquier combinación de dichas leyes.

Esta disparidad de referencias a distintas fórmulas de protección ha hecho que la aplicación del derecho de prioridad unionista sea bastante dispar y heterogénea en perjuicio de esta figura, fundamental en el desarrollo de las nuevas tecnologías.

En ALVAMARK, ofrecemos información detallada, así como el asesoramiento en la protección y defensa de todo tipo de figuras de Propiedad Industrial.

 

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